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FORMACION CONTINUA

Son beneficiarias las empresas del Estado español que coticen por la contingencia de formación profesional. Tienen derecho a esta formación todos los trabajadores que estén acogidos al régimen general, independientemente del tipo de contrato y del número de horas que estén contratados.
EDICIONES PRONOVA

Como Entidad Organizadora imparte formación dentro del nuevo modelo de Formación Continua que establece que cada empresa dispone de un crédito anual, el cual podrá hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada la formación.
REQUISITOS
Requisitos Formación Continua:

•El crédito varía en función del número de trabajadores (las empresas entre 1 y 5 tienen un fijo de 420 €) y las demás en función de la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de Formación Profesional.

•Este crédito se consume realizando cursos de Formación Continua y se recupera mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social.

•En algunas empresas es necesaria la aportación privada o cofinanciación que no supone una aportación económica, por parte del empresario, sino que consiste en el cálculo de los costes salariales del tiempo que el trabajador dedica a la formación dentro de su jornada laboral.

•La bonificación se puede realizar el mismo mes que se abona la factura.

•Si la empresa tiene representante legal de los trabajadores, éste debe firmar el informe correspondiente, elaborado al efecto.

RECUERDE, las empresas deben:

•Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de la contabilidad el gasto del curso.

•Tiene que tener abonada la factura con anterioridad a la bonificación en los seguros sociales.

•Debe hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y a la seguridad social.